Os invito a ver el vídeo https://youtu.be/WfZUKtBW9s0, PLAN DE IGUALDAD.
En el post, os dejo un cuadro para que veáis los diferentes incumplimientos y su consecuencia jurídica.
INCUMPLIMIENTO |
CONSECUENCIA JURÍDICA |
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De las obligaciones en materia de igualdad del Estatuto de los Trabajadores o del Convenio Colectivo. |
Multa: 626 a 6.250 €. |
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Decisión unilateral empresarial que implique discriminación, directa o indirecta. |
Multa: 6.251 a 187.515 € + pena accesoria*: se puede sustituir por elaboración y aplicación de un plan de igualdad. Incumplimiento: sanción por no elaborar e implementar dicho plan. |
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Acoso sexual dentro del ámbito de las facultades de dirección empresarial. |
Multa: 6.251 a 187.515 € + pena accesoria*.
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Acoso por razón de sexo u orientación sexual dentro del ámbito de dirección empresarial, cuando el empresario era conocedor y no adoptó medidas para impedirlo. |
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No elaboración o implantación del plan de igualdad |
Multa: 6.251 a 187.515 €. |
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No observación de las normas de protección de la seguridad y salud durante el embarazo y la lactancia. |
Multa: 40.986 a 819.780 €. |
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Solicitar datos personales que constituyan discriminaciones para el acceso al trabajo. |
Multa: 6.251 a 187.515 € + pena accesoria*: sustituible por elaboración y aplicación de un plan de igualdad. Incumplimiento: sanción por no elaboración o implantación. |
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Acosar sexualmente. |
Prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 14 meses. |
Penas accesorias: clausura empresa; disolución; suspensión hasta 5 años; prohibición para desarrollar en el futuro actividades similares; intervención de la empresa hasta 5 años. |
Imponer a trabajadoras/es, a través de abuso de situación de necesidad o engaño condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen sus derechos. |
Prisión de 6 meses a 3 años y multa de 6 a 12 meses. |
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Discriminar gravemente en el empleo y, tras requerimiento o sanción administrativa, no repara los daños. |
Prisión de 6 meses a 2 años o multa de 12 a 24 meses. |
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No facilitar los medios necesarios para que desempeñen su trabajo con las medidas de seguridad e higiene necesarias, poniendo en peligro grave su salud, vida o integridad física. |
Prisión de 6 meses a 3 años y medio, y multa de 6 a 12 meses. |
*Pena accesoria: pérdida automática de ayudas y bonificaciones desde la comisión de la infracción + exclusión automática del acceso durante 6 meses.
Copyright Abogada Nathalie González Ferrero, Creadora de Objetivo Cero Víctimas.
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