¿Se puede ejercitar siempre el Derecho de desistimiento?
NO.
Casos en los que no se puede ejercitar el Derecho de desistimiento (los más frecuentes):
- Productos personalizados.
- Trajes hechos a medida.
- Productos que no puedan devolverse por cuestiones de salud o higiene.
- Grabaciones sonoras o de vídeo precintadas. Como CD, DVD, …
- Programas informáticos precintados, por ejemplo, Microsoft Office.
- Productos precintados que se desprecintan al entregárselo al consumidor o usuario.
- Prestación de servicios, una vez que se haya completado su ejecución.
- Prestación de servicios cuyo precio dependa de fluctuaciones del mercado financiero.
- Bienes que se deterioran con rapidez.
- Bienes que se hayan mezclado con otros de forma indivisible. Es decir, el consumidor adquiere un bien por una parte y decide unirle a otro. En este caso, ya no puede devolverlo.
- Periódicos o revistas.
¿Qué ocurre si se utiliza lo que se quiere devolver?
Depende del producto. Os pongo los siguientes ejemplos.
El primero relacionado con la ropa, con los accesorios, etcétera: compráis pantalones, vestido, bolso, zapatos (lo que se os ocurra) y os lo ponéis y luego queréis devolverlo. Aquí por el mero uso ya no existe derecho de devolución.
El segundo relacionado con la alimentación: compráis una bebida o comida, lo que os apetezca en ese momento. Sabed que una vez abierto ya no existe el derecho de desistimiento.
¿Qué ocurre si se rompe lo que se quiere devolver?
En este caso, se diferencia de si se rompe por un mal uso del consumidor o usuario o por un fallo del producto.
Si se rompe el producto por un mal uso del consumidor o usuario: no existe el derecho de desistimiento.
Si se rompe por un fallo del producto: depende del contrato, pero en este caso, depende el plazo, sería derecho de desistimiento o derecho de garantía.
Copyright Nathalie González
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