IRPF EN ESPAÑA 

ALGUNAS NOTAS SOBRE DICHO IMPUESTO:

DIFERENCIAS ENTRE EL BORRADOR Y LA PRESENTACIÓN

·         Borrador: es el documento de nuestra declaración, pero ojo, si no se presenta, no queda constancia, y aparecen sanciones por no presentación. 

·         Presentación: es cuando queda presentado el borrador y con ello la declaración, es decir, le queda constancia a la Agencia Tributaria de ello. 

NOTIFICACIONES

·         Electrónicas: debéis tener activada esta opción. Tienen la misma validez que por correo postal.

·         Correo postal.

CONSEJOS 

·         Antes de presentar vuestra declaración, comprobar con vuestras nóminas, certificados fiscales, demás documentos que tengáis, que el borrador sea correcto. 

·         Al comprobar vuestro borrador, no os olvidéis de dar al botón de presentar. 

·         Cuando la hayáis presentado, descargar siempre vuestra declaración y guardarla. También podéis imprimirla. 

·         Si tenéis dudas a la hora de hacerla, os recomiendo consultar conmigo. Es mejor consultar que tener que lamentarse luego con las sanciones. 

Copyright ABOGADA NATHALIE GONZALEZ Y MEDIADORA, Creadora de OBJETIVO CERO VÍCTIMAS.

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