El vídeo https://youtu.be/AJwmf-0Ejio
ALGUNAS NOTAS SOBRE DICHO IMPUESTO:
DIFERENCIAS ENTRE EL BORRADOR Y LA PRESENTACIÓN
· Borrador: es el documento de nuestra declaración, pero ojo, si no se presenta, no queda constancia, y aparecen sanciones por no presentación.
· Presentación: es cuando queda presentado el borrador y con ello la declaración, es decir, le queda constancia a la Agencia Tributaria de ello.
NOTIFICACIONES
· Electrónicas: debéis tener activada esta opción. Tienen la misma validez que por correo postal.
· Correo postal.
CONSEJOS
· Antes de presentar vuestra declaración, comprobar con vuestras nóminas, certificados fiscales, demás documentos que tengáis, que el borrador sea correcto.
· Al comprobar vuestro borrador, no os olvidéis de dar al botón de presentar.
· Cuando la hayáis presentado, descargar siempre vuestra declaración y guardarla. También podéis imprimirla.
· Si tenéis dudas a la hora de hacerla, os recomiendo consultar conmigo. Es mejor consultar que tener que lamentarse luego con las sanciones.
Copyright ABOGADA NATHALIE GONZALEZ Y MEDIADORA, Creadora de OBJETIVO CERO VÍCTIMAS.
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